Profesional y Universidades ha convocado ayudas para alumnos con necesidades
específicas de apoyo educativo asociadas a algún tipo de discapacidad, a
trastornos graves de conducta o a una alta capacidad intelectual, para el curso
académico 2015-2016, según una resolución publicada en el Boletín Oficial del
Estado (BOE).
directas para el alumnado, incluyendo al afectado por TDAH (trastorno por
déficit de atención por hiperactividad), que requiera por un periodo de su
escolarización o a lo largo de toda ella determinados apoyos y atenciones
educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de
conducta.
educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta
para familias numerosas y ayudas para programas específicos complementarios a
la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
asociado a altas capacidades intelectuales.
El alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o
trastorno grave de conducta podrá obtener las ayudas o subsidios si tiene cumplidos
dos años de edad a 31 de diciembre de 2014, aunque excepcionalmente podrán
concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos
correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por
razón de las características de la discapacidad.
Además, debe estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación
especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que
presentan necesidades educativas especiales, así como estar cursando alguno de
los siguientes niveles educativos: Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de grado
medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales, Formación Profesional
Básica o programas de formación para la transición a la vida adulta.
Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de
cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
También podrá recibir ayudas el alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo asociado a altas capacidades intelectuales, siempre que tenga
cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2015 y esté cursando alguno de
los siguientes niveles educativos: Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de grado medio y superior o
enseñanzas artísticas profesionales.
REQUISITOS ECONOMICOS
Las ayudas podrán ser solicitadas por alumnos cuya renta y patrimonio familiares
en 2014 no hayan superado los umbrales siguientes: 11.937 euros (familias de un
miembro), 19.444 euros (dos miembros), 25.534 (tres), 30.287 (cuatro), 34.370
(cinco), 38.313 (seis), 42.041 (siete) y 45.744 (ocho). A partir del octavo, se
añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Además, se establecen otros requisitos económicos para recibir las ayudas, que
están detallados en la resolución de la Secretaría de Estado de Educación,
Formación Profesional y Universidades.
La cuantía de las ayudas (que pueden ser para enseñanza, transporte, comedor,
residencia, libros, material didáctico o reeducación pedagógica o del lenguaje)
varía en función de los requisitos y circunstancias del solicitante. El plazo
de presentación ya está abierto y concluirá el próximo 30 de septiembre.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/becas-ayudas-subvenciones/para-estudiar/primaria-secundaria/beca-necesidad-especifica.html